Tres años de la Ley de Acceso a la Información: por una cultura de transparencia

by Digital Rights LAC on agosto 24, 2015

Brasil

El derecho de información es fundamental para que el individuo pueda ejercer plenamente su libertad de expresión. A través del acceso a la información hay un empoderamiento social que permite al ciudadano ejercer una participación y control social cualitativo de las políticas públicas. En este sentido, la ley de acceso a la información (Ley 12.527/2011) cumple un papel instrumental en la garantía de este derecho.

Por Bárbara Paes, Fernanda Balbino y Joara Marchezini, Artículo 19

En el mes que la ley cumple 3 años de vigencia, Artículo 19, una organización no gubernamental de derechos humanos que se dedica a promover y proteger la libertad de expresión, incluyendo el acceso a la información, lanzó una segunda edición del  informe del Monitoreo de la Ley de Acceso a la Información Pública, referente al año 2014.

El informe integra el trabajo de acompañamiento de implementación de la citada ley, que tiene como premisa fundamental que la transparencia debe ser la regla y el ocultamiento la excepción.

El informe analizó 51 organismos de las tres esferas federales del gobierno, verificando una implementación de la ley a través de criterios de transparencia activa (obligación de divulgar un mínimo de informaciones en sitios oficiales) y de transparencia pasiva (obligación de responder las solicitudes formales de información).

El monitoreo apuntó a una mejora sustancial en el ámbito de la transparencia activa. En la pasiva, la proporción de respuestas no satisfactorias prácticamente se mantiene, aunque el número de peticiones no respondidas había caído, mostrando mayor compromiso en atender a los ciudadanos. De los 255 pedidos de información hechos, 68,2% fueron integralmente respondidos y 23.3% recibieron respuestas parciales. Un número pequeño (2%) pero importante no fue respondido, mayormente aquellos hechos a los organismos de justicia. Al mismo tiempo 5,5% de las solicitudes tuvieron negado el acceso a la información y en dos casos los organismos públicos alegaron que no tenían la información.

Para la preparación del monitoreo, observamos el cumplimiento de los criterios básicos de la Ley de Acceso a la Información en lo que dice respecto a la transparencia activa y transparencia pasiva. En esta categoría, analizamos cualitativamente los recursos y sus respectivas respuestas, apuntando a la garantía de acceso a la información. En la transparencia activa, evaluamos los respectivos sitios web de los organismos, verificando el cumplimiento de seis de  los criterios definidos con una base en la divulgación del mínimo requerido por la ley. El objetivo fue realizar una evaluación independiente de la implementación de la Ley de Acceso a la Información (LAI)  y establecer recomendaciones de corto, mediano y largo plazo a los organismos públicos.

De los 38 organismos analizados, 73,7% (28) cumplieron todas las obligaciones mínimas previstas en la ley. En cuanto lo legislativo, los dos organismos públicos evaluados –Senado y Cámara de Diputados– violaron un criterio cada uno. El caso más grave fue por cuenta de la Justicia: ninguno de los 11 organismos evaluados cumplió integralmente los criterios de Transparencia Activa. Siete de ellos (63,6%) no cumplieron dos o más criterios, haciendo a los organismos de este poder los menos adecuados para la LAI.

Informaciones sobre participación popular y lista de documentos clasificados como secretos continúan siendo los mayores huecos de Transparencia Activa en todos los poderes. En el Ejecutivo, apenas 44,7% de los organismos tenían una sección especializada para la divulgación de audiencias públicas, consultas populares, entre otros. En el Judicial y el Legislativo, ningún organismo cumplió con el criterio de divulgar informaciones sobre documentos clasificados.

Avances vistos en la Transparencia Activa ocurrieron principalmente en cuanto a informaciones institucionales y “preguntas y respuestas frecuentes” de los criterios cumplidos por todos los organismos evaluados. Otro progreso notable fue la divulgación de noticias sobre la realización de audiencias públicas y consultas populares en el Ejecutivo, alcanzando un total de 92.1% de los organismos, gracias a la implementación de la herramienta “Participa” del Gobierno Federal. Ese avance, de todas maneras, se restringe a esa esfera de poder.

Para analizar la Transparencia Pasiva, fueron realizados cinco modelos de petición de información para cada organismo. El análisis de las respuestas evaluó cuatro criterios: el tipo de respuesta, la calidad de la respuesta, el tiempo de respuesta y la posibilidad de que el progreso del pedido sea acompañado por el solicitante. En el ámbito del organismo Ejecutivo, 73,2% de las peticiones obtuvieron acceso integral a la información reunida y el 73,9% de calidad satisfactoria en la respuesta. Los índices fueron más altas en el monitoreo. Aun así, el porcentaje de tiempo de respuesta fue de 16 días, dentro de lo estipulado por la LAI, la cual determina que los organismos tienen hasta 20 días para entregar las informaciones.

En el organismo Legislativo, de las diez preguntas enviadas a la Cámara y al Senado, seis de ellas entregaron acceso integral a la información y respuestas satisfactorias. El tiempo promedio de respuesta fue el menor de todos: 11 días. El organismo de Justicia aparece también en la Transparencia Pasiva como el poder menos transparente. Apenas 50.9% de las respuestas fueron consideradas de acceso integral y 56% fueron vistas como satisfactorias; este es el menor porcentaje de los tres poderes evaluados. Dos de los once organismos tuvieron un tiempo de respuesta por sobre lo estipulado por la LAI.

Las peticiones de participación popular fueron lo más problemático, mostrando que la falta de datos no se limita a la Transparencia Activa. Se dio cuenta de una cierta negligencia respecto a la promoción de mecanismos de participación popular y a la disponibilidad de documentos relacionados con esos espacios. La participación popular es parte esencial de una política de transparencia que valore el control social y la contribución de la sociedad civil. En ese sentido, los documentos –actas y listas de audiencias públicas, informes sobre futuras audiencias o consultas públicas, etcétera– son fundamentales para que los ciudadanos entiendan qué fue lo que estuvo en debate, verificar el pluralismo y la diversidad de los presentes, saber si la población directamente afectada (si fuera este el caso) participó, siendo importantes herramientas de transparencia y legitimidad en las decisiones públicas.

A pesar de los resultados positivos verificados en el informe en relación a la edición del año anterior, la adaptación a la LAI por los organismos públicos federales aún está lejos de lo que debería ser, después de 3 años de vigencia de la Ley de Acceso a la Información. Las peticiones de información hechas eran simples y relativamente fáciles de ser respondidas. Los recursos fueron hechos cuando las respuestas enviadas por los organismos no eran satisfactorios, luego una gran cantidad de recursos realizados indica cuán difícil es todavía obtener acceso a una información correcta y actualizada incluso después de la implementación de la ley.

El monitoreo tenia por fin evaluar el cumplimiento o no cumplimiento de los requisitos mínimos de la Ley de Acceso a la Información, de modo que asuntos importantes como un lenguaje accesible, actualización y accesibilidad no fueron la prioridad del análisis. Si el informe le hubiese dado más importancia a estos aspectos, el cuadro general sería mucho menos positivo. Este tipo de análisis será nuestro objetivo para evaluaciones más profundas y cualitativas en los próximos años.

Creemos que el informe y sus recomendaciones pueden ayudar a una mayor aplicación del derecho a la información y ayudar a su promoción, sirviendo como material de apoyo a los debates sobre las responsabilidades de cada organismo público en la implementación de la LAI. Aparte de eso, el informe tiene una perspectiva histórica que demuestra la evolución de los organismos en relación a los criterios analizados, considerando el grado comparativo entre el primer y segundo año de pesquisa. Toda la metodología utilizada, como los resultados y respuestas de cada uno de los organismos, están disponibles en ese informe y en el sitio web Portal Livre Acesso- Observatorio.

Imagen: (CC BY-NC) Icecoldcola / Flickr